Opinión
UAysén
22 septiembre 2021

Ley de Acoso en la Educación Superior: por el derecho a ambientes seguros para todas, todos y todes

Natacha Pino Acuña
Natacha Pino Acuña
Rectora de Universidad de Aysén

Es un paso tremendamente importante en un proceso de cambio social hacia la igualdad y el respeto entre las personas construido colectivamente.

“El objetivo de la presente ley es promover políticas integrales orientadas a prevenir, investigar, sancionar y erradicar el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género”.

Estas palabras corresponden a un extracto del artículo 1º de la Ley que sanciona el acoso sexual en la educación superior, ampliamente demandada por diversas organizaciones de la sociedad civil, y que surgió tras demandas de estudiantes en el año 2018, luego de diversas acusaciones por violencia de género en contra de estudiantes, funcionarias y académicas, que dieron paso a tomas de universidades y multitudinarias manifestaciones feministas.

Es, sin duda, un gran paso ya que la ley, reconoce y ampara el derecho de toda persona a desempeñarse en espacios libres de violencia y de discriminación de género. Pero no solo eso, es también una forma de garantizar, de llevar a la práctica y poner todos los esfuerzos para que este derecho no quede solo en buenas intenciones o en declaraciones de voluntad. Esta ley lo vuelve imperativo, tan imperativo y urgente como la problemática en sí. 

¿Qué significa esto en concreto? Que cada institución de educación superior deberá contar con una política integral contra el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género y que, de no hacerlo, la institución estará impedida de acceder a la acreditación institucional establecida en la ley de aseguramiento de la calidad de la educación superior, instancia de suma relevancia para asegurar financiamiento estatal.

Y va más allá, porque obliga a las instituciones de educación superior a elevar sus estándares de procedimientos y definición de contenidos en los protocolos para atender la violencia de género que pueda afectar a cualquier integrante de la comunidad universitaria. Este hecho, por sobre todo, significa reconocer que la violencia de género es una vulneración de derechos, incorporando de manera sustantiva el principio de no discriminación al quehacer institucional a través de establecer un conjunto de acciones que permitan formar en igualdad de género y cambiar prácticas sociales y estereotipos sexistas que atañen a cualquier institución, sin distinciones. Así, la violencia de género es reconocida como un problema social que requiere ser atendido, para lo cual se hace necesario visibilizar esta temática, formar en igualdad de género y disponer de presupuestos y capital humano especializado para erradicar estas prácticas en los espacios universitarios.  

La nueva ley establece una política integral que no solo contiene un modelo sanción, sino que exige acciones de prevención, información, sensibilización, capacitación y formación en relación con la atención a la violencia y la discriminación de género, incorporando mecanismos de monitoreo y evaluación de resultados. Disponer de esta política de atención a la violencia en instituciones de educación superior requiere la participación de todos los y las integrantes de cada comunidad universitaria en su construcción y aplicación.  Es importante destacar que esta ley contempla fortalecer el perfeccionamiento o capacitación en materia de derechos humanos e igualdad de género a todas las comunidades universitarias, un aspecto fundamental para establecer un lenguaje común e inclusivo y la sensibilización necesaria para avanzar en la igualdad de género. 

Contar con esta normativa llena un vacío legal al exigir a todas las universidades la instalación de políticas de igualdad de género para atender la violencia de género. Este es un cambio significativo que constituye un gran avance en la igualdad de género en instituciones de educación superior. Su impacto se verá en el mediano plazo, ya que cada institución dispone de un plazo máximo de doce meses para diseñar e implementar los modelos de prevención, formación y atención del acoso sexual y de la violencia de género.

Todo lo anterior, supone un escenario desafiante y esperanzador para las instituciones de educación superior y para todas las comunidades universitarias. Es un paso tremendamente importante en un proceso de cambio social hacia la igualdad y el respeto entre las personas construido colectivamente. No obstante, hay que señalar algunos aspectos operativos aún no suficientemente definidos a tener en cuenta y que la puesta en marcha de esta nueva ley dejará en evidencia, como es la participación de la Comisión Nacional de Acreditación en los procesos de evaluación institucional, la articulación entre el Estatuto Administrativo y los procesos de investigación en las universidades estatales, así como la definición de sanciones en función de la gravedad de los hechos que puedan ser denunciados por acoso sexual, violencia de género y discriminación. 

Esta ley, tuvo una larga tramitación en el Congreso por más de cuatro años y fue el empuje de distintas organizaciones feministas y de sociedad civil, que actuaron con responsabilidad y convicción, lo que ha hecho posible que hoy tengamos un mejor escenario para lograr un objetivo común: el derecho a vivir y desarrollarnos tanto profesional como personal y laboralmente, en espacios seguros y libres de acoso sexual, violencia y discriminación de género.

 

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